Establecen beneficios impositivos para inversiones en proyectos productivos
El Gobierno reglamentó dos artículos de la Ley de Financamiento Productivo ligados a Ganancias y Ganancia Mínima Presunta en Fondos Comunes de INversión y fideicomisos.
|El Gobierno reglamentó dos artículos de la Ley de Financiamiento Productivo para dar beneficios impositivos -en el impuesto a las Ganancias y en Ganancia Mínima Presunta- a las inversiones que se realicen a través de fideicomisos y Fondos Comunes de Inversion (FCI) en la economía real, incluídos los proyectos agropecuarios.
El miércoles se publicó en el Boletín Oficial el Decreto el presidencial N° 382/2019, que reglamenta los artículos 205 y 206 de la Ley de Financiamiento Productivo.
La Secretaría de Finanzas del Ministerio de Hacienda informó que el objetivo de la medida es canalizar y proteger, otorgando beneficios impositivos, el ahorro hacia inversiones de largo plazo a través del mercado de capitales, con herramientas eficientes como los Fondos Comunes de Inversión Cerrados y los Fideicomisos Financieros que inviertan en economía real.
Se reglamentan aspectos relacionados con la forma de tributar el impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta, por parte de los Fideicomisos y Fondos Comunes de Inversión, y los sujetos perceptores de las ganancias que los mismos distribuyan.