Disposición 19: precisiones sobre la liquidación de la compraventa de granos
Lisicki Litvin & Asociados compartieron precisiones sobre las condiciones a cumplir en la compraventa de granos cuyos pagos se convengan en dólares.
Para las operaciones pendientes al 26/03/19 se aplica la Disposición (DNCCA) Nº 9/19.
En los contratos de compraventa de granos con entrega de mercaderías cuyos pagos se encuentren nominados en dólares estadounidenses, la cancelación debe realizarse al tipo de cambio dólar divisa del BNA, del cierre del día anterior a la fecha del efectivo pago. Aclaran que para las operaciones pendientes al 26/03/19 se aplica la Disposición (DNCCA) Nº 9/19.
Disposición (DNCCA) Nº 19/2019
Se sustituye el Art. 1º de la Disposición (DNCCA) Nº 9/19, determinándose que en los contratos de compraventa de granos con entrega de mercaderías cuyo precio se halle nominado en dólares estadounidenses, la cancelación —tanto total como parcial— deberá realizarse tomando en cuenta el tipo de cambio dólar divisa del BNA, del cierre del día anterior a la fecha del efectivo pago.