Aumento en las prestaciones por desempleo en el ámbito rural: requisitos para su cobro
El Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) elevó los valores mínimos y máximos a partir del 1° de diciembre del 2019.
|¿Cuánto tiempo cubre la prestación de desempleo?
El seguro de desempleo se ha dispuesto a fin de que los trabajadores del ámbito rural, desempleados luego de extinguido el contrato de trabajo, y siempre y cuando cumplieran los requisitos de la ley, y su reglamentación, perciban una suma en pesos que colabore con sus ingresos y sostenimiento familiar hasta tanto pueda conseguir nuevo empleo, fijando determinadas condiciones a cumplir para poder acceder al mismo.
En virtud de esto, el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE), mediante la Resolución 215(B.O.11/11/2019), ha dispuesto incrementar su monto, elevando los valores mínimos y máximos a partir del 1° de diciembre del 2019.
En este sentido, se incrementan los montos de la Prestación por Desempleo, enmarcada en el SISTEMA INTEGRAL DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO para todos los trabajadores rurales, instituido por la Ley 25.191, los que quedarán fijados en un monto mínimo y máximo de PESOS CUATRO MIL, DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE ($4.287.-) y OCHO MIL, QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO ($8.574.-) respectivamente.
Comienza a regir el aumento para todas aquellas prestaciones por desempleo que deban percibirse en el mes de diciembre de 2019.
Ver también: Prestación por desempleo para trabajadores rurales
El (RENATRE), es el órgano encargado de otorgar las prestaciones por desempleo para los trabajadores rurales, el cual se encuentra reglamentado por la Resolución 68/2017 del RENATRE (B.O. 10/05/2017) e instituido por la Ley 25.191, y es aplicable en todo el ámbito del territorio nacional, disponiendo las condiciones y requisitos para percibir la prestación en cuestión.
A los fines del otorgamiento de las prestaciones por desempleo, de acuerdo a la modalidad de contratación que posee el empleado rural al momento de la extinción del contrato de trabajo, se han dispuesto las siguientes condiciones:
En el caso de los trabajadores rurales permanentes de prestación continua, deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Encontrarse en situación legal de desempleo.
b) Estar inscripto en RENATRE.
c) Contar con SEIS (6) meses continuos o discontinuos declarados en la actividad como mínimo, dentro de los TRES (3) años inmediatos anteriores al cese de la relación laboral que dio lugar a la situación legal de desempleo.
d) Solicitar la prestación por desempleo dentro de los NOVENTA (90) días contados a partir del cese de la relación laboral. Si se presentare fuera del plazo, los días que excedan de aquél, serán descontados del total del período de prestación que le correspondiere.
Fijando la Resolución que solo corresponderá el pago de dicho seguro siempre que sea acreditada la situación legal de desempleo a través de alguno de los siguientes hechos:
a) Despido sin justa causa.
b) Despido indirecto.
c) Despido por fuerza mayor, falta o disminución de trabajo por causa no imputable al empleador.
d) Extinción colectiva total por motivos económicos o tecnológicos de los contratos de trabajo.
e) Quiebra o concurso del empleador.