Aguinaldo de trabajadores rurales: pautas para la segunda cuota del año

Para poder determinar cuál ha sido esa “mayor remuneración” el empleador debe “estimar” el salario de diciembre.

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Recordatorio de algunas pautas aplicables para su liquidación.

Recordatorio de algunas pautas aplicables para su liquidación.

05deDiciembrede2019a las14:51

El Art. 121 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) define al sueldo anual complementario como la doceava parte del total de las remuneraciones percibidas por el trabajador en el respectivo año calendario.

Desde Arizmendi explican que el rubro se paga en dos cuotas semestrales, la segunda de las cuales vence el 18 de diciembre de cada año, norma aplicable también a los trabajadores comprendidos en la Ley 26.727 de Régimen de Trabajo Agrario.