¿Una nueva 125? Qué dice sobre retenciones el Artículo 49 de la Ley de Emergencia
Un 70% del valor incremental de la suba de retenciones estaría destinado al financiamiento de los programas de la Seguridad Social.
Qué dice el artículo 49 de la Ley de Emergencia.
La Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva aprobada por el Congreso a finales del 2019 contempla nuevos límites para los derechos de exportación.
Este proyecto declara la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, y delega ciertas facultades en el Poder Ejecutivo.
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Artículo 49
El megaproyecto tiene un capitulo destinado a la suba de retenciones y otorga la facultad al Ejecutivo de fijar un límite del 33% para los derechos de exportación del valor oficial FOB. Según lo estipulado por el proyecto, el gobierno podrá ejercer estas facultades hasta el 31 de diciembre de 2021.
El artículo 49 fija este límite de retenciones para la soja en un 33% y prohíbe superar una alícuota del 15% para aquellas mercancías que no estaban sujetas a derechos de exportación al 2 de septiembre de 2018, siendo un grupo en el que ingresa el trigo y el maíz.