Las aseguradoras de trabajo cubrirán los casos de coronavirus en las actividades exceptuadas
A través de un decreto, el Ejecutivo determinó a la COVID-19 como una enfermedad profesional. De esta manera, las ART no podrán rechazar la cobertura ante una situación de esta índole.
14deAbrilde2020a las06:46
A través de Decreto 367/2020, el Gobierno estableció que la COVID-19 será considerada presuntivamente una enfermedad de carácter profesional. Esto obliga a que las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo no puedan rechazar la cobertura en un caso con esta enfermedad.
Esta normativa busca brindar protección a los trabajadores que se encuentran en actividades exceptuadas y que son esenciales para la cuarentena. Hasta el momento, esta consideración solo está vigente para aquellos que están incluídos en las actividades que menciona el Decreto 297/2020.