El proyecto K para los biocombustibles pone en alerta al sector

La Ley, que tendría vigencia hasta en 2030, promueve una reducción de la mezcla de biodiesel y bioetanol

El proyecto K para los biocombustibles pone en alerta al sector
21deMayode2021a las07:44

La mayoría de las cámaras agroindustriales y a sus cadenas de valor manifestaron que el proyecto de ley de biocombustibles del Frente de Todos pone en estado de alerta al sector.

El reclamo tiene que ver no solo con la regresividad en el uso de los combustibles ecológicos que plantea la ley oficialista para los biocombustibles, sino también por el alto poder de discrecionalidad que le otorga a la Autoridad de Aplicación.

La iniciativa oficialista, que obtuvo esta semana dictamen favorable de la Comisión de Energía de la Cámara de Diputados, promueve una reducción de la mezcla de biodiesel en gasoil/diesel del 10% hasta 3% y del 12% hasta el 9% en el caso del bioetanol, ajuste que se aplicaría exclusivamente a las empresas que lo producen en base a maíz.

 

Ley de biocombustibles del Frente de Todos

"Además de la drástica reducción de la demanda de biocombustibles, factor que provocaría el cierre de empresas y el fin de una de las pocas políticas de Estado que tiene la Argentina, el proyecto habilita a la Autoridad de Aplicación (Secretaría de Energía) a manejarse con extrema discrecionalidad y a intervenir en mercados que no son ni deben ser de su incumbencia", advierten 12 entidades y cámaras productivas.

Según indican, esas facultades extraordinarias, que le quitan todo viso de seguridad jurídica al proyecto, incluyen la posibilidad de intervenir en las cadenas de valor para “garantizar la disponibilidad de los insumos necesarios para la elaboración de los biocombustibles con destino a la mezcla obligatoria, pudiendo arbitrar y establecer los mecanismos que estime necesarios a fin de que la adquisición de aquellos sea llevada a cabo según las condiciones normales y habituales del mercado y sin distorsión alguna, estableciendo como límite en el caso que corresponda, el precio de exportación de dichos insumos menos los respectivos gastos” (inciso g, artículo 3 ).