Aguinaldo 2022: los casos especiales para la liquidación del Sueldo Anual Complementario
La abogada Marina Simondegui, integrante del Departamento Técnico Legal Laboral de Arizmendi, brindó precisiones sobre la liquidación de aguinaldo
El Sueldo Anual Complementario (SAC), también conocido como aguinaldo, es regulado por la Ley 23041, normativa que rige tanto para el ámbito de la actividad privada, como así también para la Administración Pública central y descentralizada, las empresas del Estado, empresas mixtas y empresas de propiedad del Estado.
Pago del aguinaldo 2022
El aguinaldo es equivalente a la doceava parte del total de las remuneraciones, definidas en los términos de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), que han sido percibidas por el trabajador en el año calendario.
La metodología de cálculo consiste en el 50% (cincuenta por ciento) de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de cada uno de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.
La reglamentación de la Ley 23041 (prevista en el decreto 1078/1984) dispone que la liquidación del aguinaldo deberá ser proporcional al tiempo trabajado en cada uno de los semestres en que se devenguen las remuneraciones computables.
A los efectos del cálculo del aguinaldo, para determinar la mayor remuneración se deben considerar todos los conceptos remunerativos devengados en el semestre que corresponda. Por tal motivo, se deben incluir conceptos tales como el sueldo, los jornales, las comisiones por ventas, gratificaciones, propinas, viáticos remunerativos, horas extras, adicionales convencionales, etc., sin importar que dichos conceptos remunerativos sean extraordinarios ya que la ley no exige la condición de normal y/o habitual. Por el contrario, están excluidos los beneficios sociales, las sumas no remunerativas y los conceptos indemnizatorios.
El aguinaldo se debe abonar en dos cuotas, la primera cuota con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año.
Para poder determinar la segunda cuota del aguinaldo, el empleador deberá estimar el salario correspondiente al mes de diciembre. Si dicha estimación no coincidiere con el salario efectivamente devengado, se deberá recalcular la segunda cuota del aguinaldo, integrándose la diferencia resultante entre la cuota devengada y la cuota abonada el 18 de diciembre al salario del mes de diciembre.
En el caso de las pequeñas y medianas empresas la Ley 24467 (artículo 91) prevé la posibilidad de fraccionar el pago del SAC en hasta tres cuotas en el año; siendo condición necesaria que así lo disponga el convenio colectivo de trabajo aplicable según la actividad del empleador.
Casos especiales de Aguinaldo
A continuación se detallan algunos casos especiales que se deben tener en cuenta para la liquidación del aguinaldo.
a) Gratificaciones
Para el cálculo del sueldo anual complementario se deben tener en cuenta las gratificaciones que fueron abonadas al trabajador. Para ello, las mismas deben ser cuantificadas en forma proporcional a su devengamiento mensual.
b) Plus vacacional