Sequía en Santa Fe: la Comisión Nacional de Emergencia Agropecuaria avaló la prórroga de la emergencia en el norte
Se realizó la recomendación al Ministerio de Economía, que debe firmar la resolución; hay beneficios fiscales para los productores afectados
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La Comisión Nacional de Emergencia Agropecuaria (CNEA) mantuvo una reunión para tratar las zonas que tienen situaciones críticas desde lo climático. El encuentro estuvo encabezado por el Secretario de Agricultura, Sergio Iraeta.
Luego de la presentación de Santa Fe, los presentes hicieron una evaluación y se decidió avalar la prórroga de la emergencia agropecuaria en Santa Fe. Se trata de una medida para paliar los daños de la sequía en el norte de la provincia.
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“Una oficina soñada”: tiene 31 años y apuesta a producir granos donde pocos se animabanLa medida se extiende hasta el 28 de febrero de 2026 y abarca los distritos del departamento 9 de Julio. Además, se otorgan beneficios fiscales y administrativos en el marco provincial
Con el aval de la CNEA se espera que Nación publique la emergencia para que los productores puedan acceder a más beneficios.
Emergencia por sequía
La provincia informó que la medida abarca desde el 1 de septiembre de 2025 y se extiende hasta el 28 de febrero de 2026. El decreto incluye a Santa Margarita, San Bernardo, Villa Minetti, Pozo Borrado, Tostado, Logroño, Campo Garay, Esteban Rams y Montefiore, quedando exceptuados Gato Colorado y Gregoria Pérez de Denis.
“Con esta decisión, el gobierno encabezado por Maximiliano Pullaro refuerza su acompañamiento al sector agropecuario, brindando herramientas que permiten mitigar el impacto de la sequía y sostener la actividad productiva en una de las regiones más afectadas de la provincia”, dijo el ministro de Desarrollo Productivo, Gustavo Puccini.
Para los productores con certificados de emergencia, se prorrogan los vencimientos de las cuotas 5 y 6 del año 2025 y la 1 del año 2026 del Impuesto Inmobiliario. Quienes cuenten con certificados de desastre agropecuario y desarrollen su actividad en predios ubicados en zonas rurales y suburbanas comprendidas en la normativa accederán a la condonación de las cuotas quinta y sexta correspondiente al año 2025 y de la primera cuota del año 2026 del Impuesto Inmobiliario.
Por otra parte, la Administración Provincial de Impuestos (API) emitirá certificados de crédito fiscal o procederá a la devolución correspondiente, de acuerdo con la reglamentación que se dicte a tal efecto, en aquellos casos en que los productores hubieran abonado cuotas del Impuesto Inmobiliario Rural o Urbano que debían ser condonadas según el decreto. También se suspende por el plazo de 180 días contados a partir de la finalización del período de declaración de la emergencia o desastre agropecuario, la iniciación y sustanciación de juicios y acciones administrativas vinculadas al cobro de impuestos.
