Amplían beneficios para ingresar a la moratoria.

04deMayode2000a las08:20

Lentamente, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estáreglamentando la forma en que cobrará la moratoria impositiva. Ayer se conocióel contenido de la Resolución General 834 que, si bien no es la normadefinitiva, presenta algunas nuevas características que tendrá el llamado.Comoprincipal novedad, la norma establece que las empresas y contribuyentes que seencuentren en situación de quebranto motivada por deudas con el fisco puedenregularizar la situación judicial sumándose a la moratoria. Actualmente elorganismo recaudador estima que por lo menos hay 40.000 sociedades ycontribuyentes en esta situación en todo el país que, en teoría, podríanlevantar su quebranto sumándose a la moratoria.

La AFIP presentó en sociedad los dos formularios principales que regularánla moratoria impositiva. El F.888 servirá para inscribirse y el F.799, para «reformular»la deuda de llamados anteriores.
Además, la AFIP dispuso un pago mínimo de 20 pesos para ingresar al llamado enel momento en que se liquide 5% reglamentario para ser aceptado en la moratoria.


Domésticos

La resolución también presenta las condiciones que tendrán que tener losempleados domésticos para que su situación pueda ser encuadrada dentro delrégimen. Finalmente, y fuera de la resolución, se conoció el formulario quetendrán que llenar los contribuyentes que se sumen al llamado cada vez quetengan que pagar.

Un dato puntual y secundario: la AFIP ya no discute que se designe a estellamado como «moratoria» (lo que en verdad es). Si bien en todas lasresoluciones generales o en los decretos se refiere al llamado como Plan deFacilidades de Pago, en los comunicados internos y de prensa emitidos por laAFIP es constante la referencia a una «moratoria», sin ningún tipo devergüenza.