Nuevas normas para facturas
Las dos medidas aparecen en la Resolución General 901, que el viernes pasadofirmó el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP),Héctor Rodríguez, y que esta semana aparecerá en el Boletín Oficial.
En el primer caso se trata de una adecuación de la resolución firmada hace15 días y que presenta la forma en que deben confeccionarse los nuevos remitosautorizados por el organismo recaudador, y que deben tener más información quelos que se utilizan en la actualidad. A partir de la resolución 901 se leextiende al plazo hasta el 28 de febrero próximo para que las empresas queimpriman dentro de su estructura los nuevos instrumentos. En este caso, hastaesa fecha, estos contribuyentes podrán incluso imprimir remitos con losrequisitos y condiciones vigentes hasta el 30 de setiembre de este año.
La segunda disposición, la posibilidad de considerar como válidos losremitos clase «X» que emitan los responsables inscriptos en el IVA, seráextensiva sólo en el caso de que se utilicen controladores fiscales y que seanconsiderados como «Documento No Fiscal Homologado» por las normas que regulana las «cajas negras» autorizadas por la AFIP.