Facilitan a exportadores el cobro de nuevo dólar

02deJuliode2001a las08:34
Los exportadores que deban cobrar el factor de convergencia (FC) no necesitaránestar al día con su situación impositiva y no se les exigirá presentarcomprobantes de IVA ni Ganancias como previamente se había establecido.Asimismo, tampoco deberán presentar el comprobante de aduana de destino.

Así lo reglamentó el viernes pasado el Ministerio de Economía,argumentando que busca con estas medidas «otorgar a las exportaciones una mayorcompetitividad que permita a nuestro país una mejor inserción en el comerciomundial».

Así, por un lado, a través de la Resolución 257 se derogó la aplicacióndel artículo 2 del Decreto 803 (que es el decreto que reglamenta la ampliacióndel factor de convergencia), el cual establece que: «La administración deAduanas no dará curso a los pedidos de pagos de estímulos a la exportaciónpresentados por aquellos exportadores que figuran en situación deincumplimiento de sus obligaciones tributarias derivadas del Impuesto al ValorAgregado, del Impuesto a las Ganancias y de los planes de facilidades de pago dedeudas impositivas».

Ahora, no sería entonces necesario presentar comprobante de IVA y Gananciasal día.