Ganancias extras para quienes ya cobraron amparos
Adherir a la apertura del corralón puede significar dinero adicional para algunos. Depende del valor del dólar y del momento en que cobraron su plazo fijo.
Claro que no será una tarea sencilla. Las normas correspondientes están contempladas en la Resolución 236 del Ministerio de Economía, publicada el día 3 de abril, a la que se puede acceder por Internet en la dirección www.mecon.gov.ar en la propia sede del Ministerio o, por último, en el Boletín Oficial del día 4 de abril.
En todos los casos, y para simplificar el ejemplo, se hablará de un depósito de 1.000 dólares acorralado. Si no tuviera amparo, ese ahorrista cobraría de inmediato de la siguiente manera:
En pesos: 1.000 por 1,40 peso debido a la pesificación, resulta en 1.400 pesos. A este valor hay que actualizarlo por el CER correspondiente al 1° de abril, 1,4343. El resultado (1.400 x 1,4343) es 2.008 pesos.
Para saber cuántos bonos dolarizados recibiría, primero hay que saber cuál sería el importe en pesos de su depósito original valuado al dólar de referencia del 1° de abril: 2,9792 pesos. Así, aquellos mil dólares se transforman en 2.979,20 pesos. Este importe se resta de lo que recibirá en efectivo, y el saldo es de 971,2 pesos. Por último, para tener el monto en divisas, hay que dividirlo por el valor del dólar de referencia y se obtiene el monto de bonos dolarizados: 326 títulos.