Oficial: los balances no podrán ser ajustados por inflación

A partir del primero de marzo del 2003 las empresas que presenten sus balances deberán realizarlo sin contemplar el ajuste por inflación.

11deAbrilde2003a las09:26

La Comisión Nacional de Valores resolvió que a partir del primero de marzo del 2003 las empresas que presenten sus balances o estados contables ante ese organismo de contralor deberán realizarlo sin contemplar el ajuste por inflación

La medida, publicada ayer en el Boletín Oficial a través de la resolución 441/2003, dispuso "la discontinuación del ajuste para reexpresar los estados contables en moneda homogénea a partir del primero de marzo del 2003, debiéndose informar en nota el método de ajuste utilizado hasta el 28 de febrero del 2003 y su posterior discontinuación".

Ese método había sido establecido por la resolución técnica número seis, con las modificaciones introducidas por la resolución técnica número 19 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, precisó la norma.