Ganancias: rige el precio de embarque para exportaciones
El Senado convirtió en ley la reforma del impuesto, resistida por la cadena Para esquivar esta exigencia, se debe demostrar que las filiales que compran el grano no son pantallas
04deOctubrede2003a las07:51
Pese a las protestas de la mayor parte de la cadena agroalimentaria, el Senado convirtió el miércoles en ley el proyecto de modificación del impuesto a las ganancias para las exportaciones de granos. De ahora en más, las empresas que vendan a firmas vinculadas en el exterior deberán calcular el impuesto a pagar en base al precio de embarque y no, como hasta el momento, en base al precio del momento en que se efectúa el negocio.
La votación del proyecto estrenó la famosa transversalidad kirchnerista ya que contó con la aprobación de legisladores peronistas y radicales, y con abstenciones de senadores de ambas bancadas. Entre los que se opusieron a la redacción final de la iniciativa estuvieron los justicialistas Nora Bermejo (Córdoba), Elva Paz (Formosa), Carlos Verna (La Pampa) y Oscar Lamberto (Santa Fe). Estos dos últimos habían firmado en disidencia el dictamen de la Comisión de Presupuesto y Haciendo junto con Marcelo López Arias (Salta).
Desde el gobierno se impulsó esta ley para impedir la triangulación a través de traders radicados en paraísos fiscales, que como testaferros del exportador adquieren las materias primas a un precio inferior al de mercado para reducir el pago de impuestos y luego, fuera del alcance de las autoridades tributarias, lo venden a sus verdaderos compradores al valor real.
La iniciativa impulsada por el Poder Ejecutivo, y que contaba con media sanción de la Cámara de Diputados, establece que los exportadores que vendan a empresas vinculadas o traders instalados en paraísos fiscales tributarán sobre el precio del mercado al momento del embarque.
Quedarán exentas de esta exigencia las compañías cuya filial o "vinculada" demuestre fehacientemente tener domicilio real en su país de residencia, exhiba un aceptable estado contable y sus activos sean acordes con los volúmenes de las operaciones.
En el recinto, el justicialista chaqueño Jorge Capitanich fue el encargado de defender el proyecto, al destacar que la "modificación que se propone del precio de transferencia es muy transparente" y que con esta normativa las empresas que realicen las operaciones deberán estar "perfectamente constituidas y tener balances contables" claros.
Al respecto, remarcó que "la Afip detectó un gran volumen de operaciones de empresas pantallas" que operaban para fijar precios distintos a los de venta original con lo cual permitían "establecer mecanismos elusorios".
Lamberto, en cambio, manifestó su disidencia al sostener que "el problema es que la herramienta utiliza no es la mejor" porque "el mismo producto va a tener dos precios", uno para las retenciones y el otro para ganancias.
El santafesino propuso modificar el artículo 2 de la ley por otro que deje en claro que "el precio de embarque es excepción cuando no se puede demostrar el precio acordado".
La modificación del impuesto a las ganancias no es generalizada sino que va a afectar a quienes exporten mediante empresas vinculadas en el exterior. Para no ser considerados en esa categoría los intermediarios tendrán que reunir los siguientes requisitos:
* Tener domicilio real en su país de residencia, presentar un aceptable estado contable y sus activos en acordes con los volúmenes de las operaciones.
* Su actividad central no debe ser la obtención pasiva de rentas.
* Sus operaciones de comercio internacional con otros integrantes del grupo exportador deben ser inferiores al 30% del total.
Durante el proceso de discusión legislativa, dirigente
La votación del proyecto estrenó la famosa transversalidad kirchnerista ya que contó con la aprobación de legisladores peronistas y radicales, y con abstenciones de senadores de ambas bancadas. Entre los que se opusieron a la redacción final de la iniciativa estuvieron los justicialistas Nora Bermejo (Córdoba), Elva Paz (Formosa), Carlos Verna (La Pampa) y Oscar Lamberto (Santa Fe). Estos dos últimos habían firmado en disidencia el dictamen de la Comisión de Presupuesto y Haciendo junto con Marcelo López Arias (Salta).
Desde el gobierno se impulsó esta ley para impedir la triangulación a través de traders radicados en paraísos fiscales, que como testaferros del exportador adquieren las materias primas a un precio inferior al de mercado para reducir el pago de impuestos y luego, fuera del alcance de las autoridades tributarias, lo venden a sus verdaderos compradores al valor real.
La iniciativa impulsada por el Poder Ejecutivo, y que contaba con media sanción de la Cámara de Diputados, establece que los exportadores que vendan a empresas vinculadas o traders instalados en paraísos fiscales tributarán sobre el precio del mercado al momento del embarque.
Quedarán exentas de esta exigencia las compañías cuya filial o "vinculada" demuestre fehacientemente tener domicilio real en su país de residencia, exhiba un aceptable estado contable y sus activos sean acordes con los volúmenes de las operaciones.
En el recinto, el justicialista chaqueño Jorge Capitanich fue el encargado de defender el proyecto, al destacar que la "modificación que se propone del precio de transferencia es muy transparente" y que con esta normativa las empresas que realicen las operaciones deberán estar "perfectamente constituidas y tener balances contables" claros.
Al respecto, remarcó que "la Afip detectó un gran volumen de operaciones de empresas pantallas" que operaban para fijar precios distintos a los de venta original con lo cual permitían "establecer mecanismos elusorios".
Lamberto, en cambio, manifestó su disidencia al sostener que "el problema es que la herramienta utiliza no es la mejor" porque "el mismo producto va a tener dos precios", uno para las retenciones y el otro para ganancias.
El santafesino propuso modificar el artículo 2 de la ley por otro que deje en claro que "el precio de embarque es excepción cuando no se puede demostrar el precio acordado".
La modificación del impuesto a las ganancias no es generalizada sino que va a afectar a quienes exporten mediante empresas vinculadas en el exterior. Para no ser considerados en esa categoría los intermediarios tendrán que reunir los siguientes requisitos:
* Tener domicilio real en su país de residencia, presentar un aceptable estado contable y sus activos en acordes con los volúmenes de las operaciones.
* Su actividad central no debe ser la obtención pasiva de rentas.
* Sus operaciones de comercio internacional con otros integrantes del grupo exportador deben ser inferiores al 30% del total.
Durante el proceso de discusión legislativa, dirigente