Residencia de grandes contribuyentes

Más controles para Ganancias. Por resolución, la AFIP definió lo que se entiende por "vivienda permanente".

16deEnerode2004a las08:16

Es para evitar la elusión en el Impuesto a las Ganancias en el caso de personas que tienen doble residencia: en el país y en el exterior, porque ingresan o reingresan permanentemente.

Ahora una vivienda permanente será el "recinto apto para morada que en forma continua se mantiene efectivamente utilizado o disponible para la finalidad principal de habitación con prescindencia del título jurídico bajo el cual se lo afecte o se lo tenga a disposición". Es decir, propietario, inquilino, locatario u ocupante. Además, si ese inmueble se destina al desarrollo de actividades productivas, no por eso deja de ser vivienda permanente.

En segundo lugar, la AFIP definió lo referido a "centro de intereses vitales". Es el lugar en el que la persona "mantiene sus relaciones personales y económicas más estrechas, y en caso de que dichas relaciones estuvieran en diferentes Estados, se otorgará preeminencia a las relaciones personales". Se busca evitar que se diga que no corresponde pagar impuestos porque la persona no reside en ese territorio.