Los acopiadores de granos de Santa Fe deben cumplir con las declaraciones juradas
El Secretario de Medio Ambiente, Marcelo Terenzio, en dialogó con "Al día con el campo y la ciudad" (LT 10 Radio Universidad) y Agrodiario reiteró la vigencia de la Resolución Nº 177 que tiene como objeto regular la actividad de almacenamiento, clasificación, acondicionamiento y conservación de granos que se realizan en los acopios de las zonas urbanas y suburbanas de la provincia.
Destacó que "no habrá prórroga y que el próximo 22 de junio indefectiblemente vence el plazo que tienen los acopios de granos radicados en Santa Fe para presentar las declaraciones juradas sobre gestión ambiental.
La norma establece, principalmente, parámetros de calidad ambiental que permitan reducir los numerosos conflictos que existen en las poblaciones que cuentan con instalaciones dentro o en las cercanías del éjido urbano.
El funcionario estimó que la resolución abarca entre 600 y 700 acopios radicados en la actualidad en Santa Fe.
En tanto, el titular de la cartera ambiental explicó que en el caso de las nuevas inversiones anunciadas recientemente en la provincia, las empresas ya incluyeron este procedimiento -la resolución 177- dentro de su informe de impacto ambiental, que todas las compañías deben presentar desde diciembre pasado como condición para su radicación.