Ya rigen las restricciones a los capitales golondrina.
El 30% de las divisas que ingresen del exterior, y no estén destinadas al comercio e inversiones, permanecerá inmovilizado...
(DyN) El Banco Central (BCRA) reglamentó hoy el decreto 616 por el cual se aplica un encaje del 30 por ciento a los fondos especulativos que ingresen al país, que deben permanecer además un año en el mercado local.
La medida de la autoridad monetaria es complementaria del decreto 616 firmado el jueves por el presidente Néstor Kirchner y el ministro de Economía, Roberto Lavagna, tendiente a minimizar los efectos de volatilidad causados por los denominados "capitales golondrinas", principalmente en el propósito oficial de evitar una mayor apreciación del peso.
En su comunicación "A" 4359, el BCRA estableció que los ingresos de moneda extranjera sometidos a esta norma serán los de las siguientes características:
*Deudas financieras del sector financiero y privado no financiero, con la excepción de las emisiones primarias de títulos de deuda que cuenten con oferta pública y cotización en mercados autorregulados;