Levantaron el encaje al ingreso de divisas para favorecer el blanqueo

El Ministerio de Economía suspendió el depósito de 30% indisponible por un año y no remunerado que rige para el ingreso de divisas con fines determinados.

12deMarzode2009a las07:47

El Ministerio de Economía dejó sin efecto los encajes bancarios del 30% para el ingreso de divisas y moneda extranjera al mercado local, suspensión que estará vigente durante el blanqueo de capitales.

La resolución publicada ayer en el Boletín Oficial prevé la suspensión, entre marzo y agosto, de la “constitución del depósito previsto en el decreto 616 del 9 de junio de 2005”.

Ese decreto estableció un régimen aplicable a los ingresos de divisas al mercado de cambios, con el objeto de “profundizar los instrumentos necesarios para el seguimiento y control de los movimientos de capital especulativo”.

La nueva resolución suspende estos requisitos, consistentes en la obligación de constituir un encaje o depósito nominativo, no transferible y no remunerado en dólares estadounidenses, por el 30% del monto involucrado en la operación. Los fondos debían inmovilizarse durante un año para el caso de divisas que ingresen al país con un destino específico.

La suspensión de la norma de 2005 se aplicará para la exteriorización o repatriación de bienes depositados en bancos del exterior, con las distintas alícuotas del impuesto especial, que disminuye a 1% si se destinan a inversiones en la economía real y a 3% para la suscripción de títulos públicos emitidos por el Estado nacional.