Fondo de emergencia: los ganaderos podrán deducir de Ganancias las ventas forzosas de hacienda
Así lo indica la iniciativa que tiene media sanción de Diputados. Para computar el importe el proyecto dispone tomar el valor resultante de restar el valor impositivo del último inventario al precio neto de venta.
El proyecto que propone crear un “fondo de emergencia agropecuaria” –que cuenta con media sanción de Diputados– dispone que los productores ganaderos que hayan experimentado un desastre natural (climático, telúrico o biológico) y deban vender de manera forzosa hacienda bovina, ovina, caprina o porcina podrán deducir del impuesto a las ganancias el 100% de los beneficios derivados de tales ventas.
Así lo indica el proyecto aprobado el pasado 6 de agosto por la Cámara de Diputados (pero que recién se dio a conocer de manera completa hoy miércoles). El texto del proyecto indica que la “deducción se computará en los ejercicios fiscales en que las ventas hubieran tenido lugar”.