Prorrogan devolución del 5% con las compras con débito
La medida se extiende por un año más a partir del 1 de enero con el mismo beneficio contemplado desde el año 2001. Se exceptuó a los combustibles
En el artículo 2 de los decretos 1402 y 1548 del año 2001 publicados este lunes en el Boletín Oficial a través de la resolución 38, firmada por el ministro de Economía Axel Kicillof, aclara que en la normativa quedan exceptuadas del régimen de devolución parcial del Impuesto al Valor Agregado (IVA) las compras de combustibles líquidos y gas licuado.
En los considerandos se indicó "que aún continúan vigentes los motivos que oportunamente dieron lugar a la implementación del mecanismo de retribución para las operaciones de compra de bienes muebles o contratación de servicios que los consumidores finales abonen mediante tarjetas de débito, por lo cual resulta aconsejable prorrogar su vigencia desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014, ambas fechas inclusive".