Principales aspectos del nuevo régimen de facilidades de pago permanente

El 2 de julio pasado AFIP publicó en el Boletín Oficial la R.G. 4268, que sustituía el régimen de facilidades de pago permanente vigente hasta ese momento estableciendo nuevos requisitos y condiciones para adherirse.

|
Cómo impacta a los sujetos alcanzados por el estado de emergencia y/o desastre declarado en algunas zonas del país.

Cómo impacta a los sujetos alcanzados por el estado de emergencia y/o desastre declarado en algunas zonas del país.

03deAgostode2018a las09:06

Las condiciones de los planes de facilidades de pago establecidos por la R.G. 4268 varían de acuerdo con el perfil de cumplimiento del solicitante asignado mediante la herramienta "Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)", también depende de si son micro y pequeñas empresas, según surja del “Registro de empresas MiPymes”, sujetos alcanzados por el estado de emergencia y/o desastre declarado en algunas zonas del país, el tipo de deuda a consolidar, los ingresos del contribuyente, entre otros factores.

Uno de los principales inconvenientes que presenta este nuevo plan de facilidades de pago son los numerosos requisitos y condiciones que deben cumplir quienes quieran acceder al plan buscando un alivio financiero. La cantidad de planes admisibles, el número máximo de cuotas y la tasa de financiamiento está condicionada a la categoría del contribuyente en el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER). El problema se presenta porque se unifican las cinco categoría SIPER (A/B/C/D/E) en sólo tres: 

  • PERFIL DE CUMPLIMIENTO I: Categorías A y B
  • PERFIL DE CUMPLIMIENTO II: Categorías C y D
  • PERFIL DE CUMPLIMIENTO III: Categoría E

Se considera que no es lógico o justo que un contribuyente con riesgo medio en SIPER (Categoría C) se equipare y acceda a los mismos beneficios que uno con riesgo alto (Categoría D).

Aquellos productores en zona de emergencia y/o desastre (emergencia agropecuaria) cuentan con las siguientes opciones (*) :