Programa Intercosecha: se modificaron las condiciones para acceder a los beneficios
El programa intercosecha prevé, entre otras cosas, la asignación de una ayuda económica no remunerativa mensual durante el receso estacional de su actividad laboral.
|Se modifican las condiciones de accesibilidad al Programa Intercosecha.
La Secretaría de Empleo, por medio de la Resolución 8 publicada en el Boletín Oficial 01/02/2019, sustituye el texto del Artículo 2° de la Resolución 1726/15 SE. La medida es aplicable a partir de las liquidaciones de ayudas económicas del programa imputables al corriente año 2019.
El programa intercosecha prevé, para sus destinatarios, la asignación de una ayuda económica no remunerativa mensual durante el receso estacional de su actividad laboral; el acceso a prestaciones formativas para la mejora de sus condiciones de empleabilidad y de apoyo para su inserción laboral, así como eventuales facilidades para movilizarse hacia otras regiones del territorio nacional durante la contratemporada con el fin de insertarse en empleos relacionados con otros cultivos, explica el Dr. Carlos de Celis, especialista laboral de Arizmendi.
En función de las necesidades relevadas de entidades participantes en la implementación del Programa estimaron pertinente modificar las condiciones de accesibilidad a cumplimentar por los trabajadores destinatarios establecidas por el inciso 5) del Artículo 2° de la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 1726/15.