Reforma tributaria en Santa Fe: aclaraciones para la liquidación de Ingresos Brutos

Varias son las inquietudes que surgieron a partir del mes de diciembre, luego de la publicación de la Reforma Tributaria de la provincia de Santa Fe.

|
Aclaraciones a la Reforma Tributaria en Santa Fe

Aclaraciones a la Reforma Tributaria en Santa Fe

21deFebrerode2019a las11:07

El Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas de la provincia mantuvo una reunión con autoridades de la Administración Provincial de Impuestos, dado que varias son las inquietudes que surgieron a partir del mes de diciembre, luego de la publicación de la Reforma Tributaria de la provincia de Santa Fe – Ley 13.875

Ver también: Principales impactos sobre el agro de la Reforma Tributaria

Conceptos como “Estabilidad Fiscal”, y alícuotas a aplicar son las principales dudas con las que se encuentran quienes liquiden el Impuestos a los Ingresos Brutos en la provincia de Santa Fe.

A continuación transmitimos algunas de las aclaraciones realizadas por A.P.I. para la correcta liquidación del impuesto.

ESTABILIDAD FISCAL

Debe entenderse como la imposibilidad de ver incrementada su carga tributaria en el ámbito provincial y es aplicable a las micro, pequeñas y medianas empresas. En ese sentido hay que analizar el impacto de las modificaciones producidas por la Ley 13.875, y de resultar una carga impositiva superior, se toma la situación más beneficiosa vigente al 2017.

ALÍCUOTA BÁSICA

Para el ejercicio 2019 y siguientes en que rija dicho beneficio, deberá considerarse el monto de los ingresos brutos anuales totales obtenidos por los contribuyentes en el período fiscal 2017. Es decir, se aplican las mismas alícuotas básicas establecidas para 2017 de acuerdo a los tramos de facturación.

Continuaran tributando a la alícuota del 2.76%, 3.3% o 3.6% hasta el 31 de diciembre de 2019 según los montos de facturación.