Prestación por desempleo para trabajadores rurales: requisitos y pasos para solicitarlo
Consiste en una prestación de carácter económico que será calculada de conformidad a las modalidades establecidas en la reglamentación.
|Todo sobre el sistema integral de prestaciones por desempleo.
El subsidio por desempleo contempla, además de la prestación económica, la cobertura médico-asistencial, el cobro de las asignaciones familiares, y capacitaciones que garanticen la reinserción laboral para todos los trabajadores rurales alcanzados por este seguro social.
En el RENATRE se podrán gestionar las prestaciones por desempleo del Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo instituidas en la Ley Nº 25.191 para todos los trabajadores rurales desempleados.
Dicho organismo oficializó el incremento en los montos de la prestación por desempleo para el personal de la actividad, elevando los montos mínimo y máximo a $ 3.728,00 y $ 7.456,00 respectivamente. Así lo establece la Resolución 30/2019, publicada en el Boletín Oficial del 8 de enero de 2019.
Este beneficio, explica el Dr. Carlos de Celis, especialista laboral de Arizmendi, consiste en una prestación de carácter económico y mensual que será calculada de conformidad a las modalidades, plazos y cuantías establecidas en la reglamentación.
Los beneficios que comprende el Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo, son:
- Prestación económica.
- Prestaciones médico asistenciales.
- Asignaciones Familiares a cargo de ANSES.
- Servicio de Sepelio para el beneficiario de la prestación por desempleo y su grupo familiar directo por el tiempo de duración de la misma.
- El período durante el cual se percibió la prestación se computará como tiempo efectivo a los fines previsionales.
Para solicitar el beneficio, el trabajador rural desempleado deberá concurrir a la Delegación provincial del RENATRE o Boca de Entrega y recepción.
Allí se le proveerá un formulario de Declaración Jurada para la solicitud de las Prestaciones por Desempleo “Formulario de Declaración Jurada para el Inicio de trámite de la Prestación por Desempleo Ley Nº 25.191”, y será asistido por el personal de la dependencia correspondiente para el llenado y firma del formulario. No se debe omitir en el formulario: teléfono de referencia, correo electrónico, domicilio actualizado y Código Postal.
El trámite debe ser realizado dentro de los 90 días corridos posteriores a la fecha de cese de la relación laboral o finalización de la temporada o ciclo de prestación de servicios. Si se presenta después de los 90 días, el tiempo transcurrido se descontará del total del período que corresponde a la prestación.
Los requisitos para acceder a la Prestación por Desempleo, son:
•Poseer el Código Único de Identificación Laboral (CUIL) definitivo.
•Encontrarse en situación legal de desempleo.
•Estar inscripto en el RENATRE.
•Que las contribuciones con destino al Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo, hayan sido declaradas por sus empleadores en el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones durante un período mínimo, continuo o discontinuo, de 6 (seis) meses durante los 3 (tres) años inmediatos anteriores al cese de la relación laboral que dio lugar a la situación legal de desempleo. En el caso de los trabajadores temporarios y permanentes discontinuos, se deberá contar con los períodos declarados como empleado de 180 jornadas efectivas de trabajo dentro de los 36 meses inmediatamente anteriores al cese de la relación laboral o finalización de la temporada o ciclo de prestación de servicios.
•Solicitar las prestaciones del presente régimen dentro de los 90 días contados a partir de la fecha de cese de la relación laboral/finalización de la temporada o ciclo de prestación de servicios. Si se presenta después de los 90 días, el tiempo transcurrido se descontará del total del período que corresponde a la prestación.
•No percibir beneficios previsionales, prestaciones contributivas o no contributivas, o cualquier otra prestación de carácter asistencial.