Impuesto a las ganancias: ARCA reglamentó la ley de inocencia fiscal y eliminó los topes de ingresos
El organismo también aplicó cambios en cuanto a la residencia y los grandes contribuyentes nacionales
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó las modificaciones introducidas por la ley de inocencia fiscal al Régimen de Declaración Jurada Simplificada del impuesto a las ganancias. A través de la Resolución General N° 5916/2026 publicada en el Boletín Oficial, el organismo adecuó la normativa y eliminó los límites de ingresos y patrimonio que condicionaban el acceso de los contribuyentes.
De esta manera, el fisco amplió el universo de personas humanas que podrán declarar mediante información precargada. En los próximos meses, la implementación del esquema agilizará el cumplimiento tributario.
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“Una crisis alimentaria mundial ya no es un riesgo lejano”: el alerta de S&P Global para 2027A partir de estos cambios, la reglamentación fijó la residencia fiscal en la Argentina como condición sustantiva de acceso a partir de los períodos posteriores a 2025. Por otra parte, ARCA destacó: “La medida busca simplificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y reducir la carga administrativa para un mayor número de contribuyentes, sin perjuicio de las facultades de verificación, fiscalización y control que conserva ARCA”.
A su vez, la norma dispuso que la falta de bancarización de una operación no implicará, por sí sola, la exclusión del régimen. Al mismo tiempo, los grandes contribuyentes nacionales e integrantes de la función pública ingresarán bajo la caracterización “661-GANANCIAS SIMPLIFICADA LEY 27.799 – Tratamiento sin beneficios” al solo efecto de presentar y pagar en término.
En relación con las pautas para el período fiscal 2025, el organismo dispuso un esquema especial para facilitar la transición al nuevo marco normativo. Según señaló la resolución, quienes adhirieron bajo la modalidad general podrán reemplazar su presentación por una declaración rectificativa simplificada hasta el vencimiento especial.
Por otra parte, ARCA aclaró que, si al momento de la presentación surgiera una diferencia de impuesto, el contribuyente podrá ingresarla en esa misma oportunidad junto con los intereses correspondientes, sin que ello afecte la consideración del pago como realizado en término. Para los contribuyentes habilitados, la agencia asignará el código “639- Ganancias Simplificado Ley 27.799”.
ARCA también aclaró que conservará las facultades de fiscalización sobre las operaciones declaradas. En este sentido, la detección de discrepancias significativas habilitará la impugnación de las declaraciones juradas.
