El Gobierno oficializó la reducción de retenciones y rige desde mañana

A través del Boletín Oficial, el Ejecutivo publicó lo anunciado en materia de derechos de exportaciones para el complejo sojero.

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El Gobierno oficializó la reducción de retenciones y rige desde mañana
05deOctubrede2020a las06:31

El Ejecutivo oficializó la medida anunciada este jueves por el ministro de Economía, Martín Guzmán. A través del Boletín Oficial, se implementó la reducción de los derechos de exportación para el complejo sojero.

El Decreto 790/2020 establece que se fijan las alícuotas del derecho de exportación para las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias del complejo sojero. La normativa informa el cronograma hasta 1 de enero de 2021.

Ver también: Las retenciones van al 0 % para la industria y quedan en 30 % para la soja

“Las mercaderías alcanzadas por lo dispuesto en el párrafo precedente no deberán abonar ninguna otra alícuota del derecho de exportación distinta a la mencionada”, aclara el decreto. Por otra parte, reglamentó que las operaciones comprendidas en los términos del decreto no gozarán de la prórroga automática establecida la Resolución 128/2019 del 14 de noviembre de 2019.

Este punto quiere decir que quienes vendan no gozarán de una prórroga en el período de embarque de las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE), de 30 días corridos a partir del último día del período de embarque declarado.

Desde el Gobierno establecieron que estas medidas tiene como objetivo asegurar el máximo posible de valor agregado en el país con el fin de obtener un adecuado ingreso para el trabajo nacional; ejecutar la política monetaria, cambiaria o de comercio exterior; promover, proteger o conservar las actividades nacionales productivas de bienes o servicios, así como dichos bienes y servicios, los recursos naturales o las especies animales o vegetales; estabilizar los precios internos a niveles convenientes o mantener un volumen de ofertas adecuado a las necesidades de abastecimiento del mercado interno y atender las necesidades de las finanzas públicas.

Por otra parte, detalla que “la actual coyuntura económica” y la necesidad de fortalecer la situación fiscal requirieron la modificación de la alícuota del derecho de exportación, estableciendo un esquema de readecuación gradual.

Esquema retenciones hasta enero de 2021

DESCRIPCIÓNOctubre 2020A partir del 1/11/2020, inclusiveA partir del 1/12/2020, inclusiveA partir del 1/1/2021, inclusive
Porotos de soja distintos para la siembra30 %31,5 %32 %33 %
Harina de porotos de soja28 %29,5 %30 %31 %
Aceite de soja en bruto, incluso desgomado28 %29,5 %30 %31 %
Aceite de soja refinado en envases con capacidad inferior o igual a 5 l22 %23,5 %24 %25 %
Los demás aceites de soja, refinados27 %28,5 %29 %30 %
Aceite de soja, los demás28 %29,5 %30 %31 %
Mezcla de aceite refinado que contenga aceite de soja en envases con capacidad inferior o igual a 5 litros22 %23,5 %24 %25 %
Mezclas y preparaciones de origen vegetal, que contengan aceite de soja28 %29,5 %30 %31 %
Mezclas o preparaciones no alimenticias, de origen vegetal, que contengan soja28 %29,5 %30 %31 %
De soja28 %29,5 %30 %31 %
Harina y pellets de soja28 %29,5 %30 %31 %
Tortas y demás residuos sólidos de la extracción del aceite de soja28 %29,5 %30 %31 %
Productos que contengan soja en su composición28 %29,5 %30 %31 %
Preparaciones alimenticias para animales con elementos nutritivos balanceados (piensos compuestos completos) que contengan soja, sus subproductos o residuos, acondicionadas en bolsas rotuladas de peso neto inferior o igual a 50 kg. (1)22 %23,5 %24 %25 %
Preparaciones alimenticias para animales con elementos nutritivos balanceados (piensos compuestos completos) que contengan soja, sus subproductos o residuos, presentadas en bolsas rotuladas de peso neto superior a 50 kg pero inferior o igual a 1500 kg. (1)23 %24,5 %25 %26 %
Preparaciones alimenticias para animales con elementos nutritivos balanceados (piensos compuestos completos) que contengan soja, sus subproductos o residuos, presentadas a granel. (1)25 %26,5 %27 %28 %
Preparaciones que contengan soja, sus subproductos o residuos, excepto las presentadas en bolsas rotuladas de peso neto inferior o igual a 50 kg.22 %23,5 %24 %25 %
Preparaciones que contengan soja, sus subproductos o residuos, presentadas en bolsas rotuladas de peso neto inferior o igual a 50 kg22 %23,5 %24 %25 %
Preparaciones que contengan soja, sus subproductos o residuos, presentadas de otro modo28 %29,5 %30 %31 %
Biodiesel y sus mezclas26 %27,5 %28 %29 %

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