Oficializan las compensaciones al sector avícola: cómo tramitar el subsidio de hasta $ 30.000 por tonelada de soja
El Ministerio de Economía formalizó el programa a través del Boletín Oficial; el monto del aporte del Estado es de $ 2.200.000.000
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El Gobierno oficializó la compensación al sector avícola a través de la Resolución 100/2023. El Ministerio de Economía dispuso un subsidio de hasta $ 30.000 por tonelada de soja a cada productor avícola para subsanar la brecha que generó el segundo dólar soja.
De esta manera, el ministerio creó el programa para el sector avícola que se financiara de los recursos del dólar soja. El mismo tiene como objetivo asistir a los productores de pollos parrilleros en la mitigación del impacto del incremento de los costos de alimentación de su sector productivo.
Los beneficiarios del programa podrán ser quienes estén inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) en la Actividad “Aves Producción – Carne”. Además, deberá tener declarada su actividad como productor de carne de ave en la registración ante la AFIP. Por otra parte, tiene que haber remitido pollos parrilleros a faena entre el 28 de noviembre de 2022 y el 30 de diciembre de 2022.
Por otra parte, la compensación será determinada con base en el promedio mensual de producción. La doceava parte del total de cabezas de pollos parrilleros faenadas remitidas por el beneficiario desde el 1 de octubre de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2022 inclusive. También se tendrá en cuenta el Coeficiente Soja Insumo (CSI), que es de 1,091 kilos por cabeza faenada.
Cómo inscribirse
Los productores interesados tienen 15 días para tramitar el programa.
- Ingresar a través del servicio “Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca - Autogestión SAGyP” del sitio “web” de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) (http://www.afip.gob.ar), mediante la utilización de la Clave Fiscal obtenida en los términos de la Resolución General N° 5.048 de fecha 11 de agosto de 2021 de la citada Administración Federal, sus modificatorias y complementarias.
- Solicitar expresamente el beneficio en el marco del programa.
- Autorizar a la Administración Federal De Ingresos Públicos (AFIP) y al Senasa a suministrar a la Autoridad de Aplicación la información correspondiente.
- Constituir domicilio en una casilla de correo electrónico que será válida a todos los efectos legales, notificaciones y requerimientos de información que disponga la Autoridad de Aplicación en el marco del programa.
- Indicar una CBU de una cuenta bancaria en moneda pesos a su nombre.
- Ingresar los demás datos que la autoridad de aplicación considere necesarios para efectivizar el beneficio.
