DNU de Milei, con contratos en dólares: cómo impacta en el mercado de futuros de granos y los forward pactados

Si nadie detiene al DNU de Milei, en el mercado de granos dependerá de cómo se negocie la condición de pago; la opinión de los operadores

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DNU de Milei, con contratos en dólares: cómo impacta en el mercado de futuros de granos y los forward pactados
21deDiciembrede2023a las10:41

El DNU de Javier Milei, titulado "Bases para la reconstrucción de la economía argentina", estableció entre otros puntos una modificación del Código Civil y Comercial para garantizar que las obligaciones contraídas en moneda extranjera deban ser canceladas en la moneda pactada.

Este último punto motivó consultas sobre cómo operará el mercado de granos, en donde hay contratos celebrados entre compradores y vendedores de granos.

Contratos en dólares: qué pasa en el mercado de granos

Al respecto, operadores del mercado aclaran que de ninguna manera afectará a las ventas realizadas hasta el momento. En tanto, de aquí en adelante, dependerá de cómo se negocie la condición de pago: "No te obligan a pagar en dólares, lo que se deroga es que debía pagarse si o si en pesos", aclaran.

"Lo pactado hasta ahora no cambia", confirmó una fuente consultada por Agrofy News.

También el mercado a término, Matba Rofex, aclaró la situación: "Recordamos que de acuerdo a los reglamentos de todos los futuros agropecuarios que se negocian en Matba Rofex, los cobros y pagos se realizan en pesos al tipo de cambio de referencia publicado diariamente a través del sitio web institucional del Mercado. En consecuencia, la moneda pactada en los contratos de futuros agropecuarios cotizados en dólares es pesos".

De esta forma, cabe aclarar que los contratos de Matba-Rofex se liquidan en pesos al tipo de cambio vigente.

Respecto a los forwards, en el mercado aclaran que son acuerdos entre las partes. "Vos podés hacer acuerdos que se liquiden por dólar BNA (la mayoría son así), pero podrías acordar cualquier cosa. Fowards que se liquiden por dólar CCL, por dólar MEP, por lo que quieras", comentó otro experimentado operador.

Lo analizable es lo que pasará hacia adelante. Es si ahora se podrán hacer contratos en dólares, que se liquiden directamente en dólares. "Es el punto interesante para analizar. En el gobierno de Macri se intentó hacer algo así y lo frenó la AFIP, hay que ver ahora que pasa con este nuevo DNU", agregó.

También opinó el ex jefe de Gabinete de Agricultura durante el gobierno de Mauricio Macri, Santiago del Solar:

El DNU de Milei apunta al artículo 765 del Código Civil y Comercial de la Nación, para cambiar el siguiente concepto: "La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación, sea o no de curso legal en el país. El deudor solo se libera si entrega las cantidades comprometidas en la moneda pactada. Los jueces no pueden modificar la forma de pago o la moneda pactada por las partes.”

También se sustituye el artículo 766 del Código Civil y Comercial de la Nación y apunta a la obligación del deudor: "El deudor debe entregar la cantidad correspondiente de la especie designada, tanto si la moneda tiene curso legal en la República como si no lo tiene".

Por último, el DNU de Milei establece la libertad de contratación: "Las partes son libres para celebrar un contrato y determinar su contenido, dentro de los límites impuestos por la ley o el orden público. Las normas legales siempre son de aplicación supletoria a la voluntad de las partes expresada en el contrato, aunque la ley no lo determine en forma expresa para un tipo contractual determinado, salvo que la norma sea expresamente imperativa, y siempre con interpretación restrictiva.”

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