Obligatorio: los camiones ganaderos se deberán lavar antes de volver a cargar hacienda
Desde hoy rige una resolución que obliga a todos los transportes de animales vivos a cumplir con nuevas condiciones de higiene; habrá certificados únicos, controles en playas registradas y plazos de adaptación hasta febrero de 2026

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) puso en marcha una nueva normativa que cambia el esquema de limpieza y desinfección de los camiones que transportan animales vivos. A través de la Resolución 806/2025, publicada en el Boletín Oficial, se establece que todo vehículo deberá ser lavado y desinfectado en playas registradas ante el organismo antes de realizar una nueva carga.
La medida busca reforzar las condiciones sanitarias en la cadena ganadera, prevenir enfermedades y garantizar un transporte más seguro desde el punto de vista sanitario.
A partir de ahora, los camiones que trasladen hacienda, productos o subproductos de origen animal no podrán volver a cargar sin antes haber pasado por un local habilitado y contar con el Certificado Único de Lavado y Desinfección (CULyD).
De esta forma, también el SENASA estableció un listado, simplificó los requisitos para el registro de locales y confeccionó un nuevo Certificado de Lavado y Desinfección de los vehículos.
Cómo será el nuevo sistema
El SENASA creó un Listado Nacional de Locales y Playas de Lavado y Desinfección, administrado por la Dirección Nacional de Sanidad Animal. Allí deberán inscribirse todas las playas que prestan el servicio, tanto las nuevas como las ya existentes, que tendrán 90 días para adecuarse a la norma y mantener su actividad.