Los caballos deberán tener microchip para ser trasladados: desde cuándo regirá la nueva medida del Senasa
A través del Boletín oficial se estableció la obligatoriedad desde el 1 de marzo de 2027; el organismo reemplazará progresivamente las libretas físicas

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) oficializó un nuevo marco normativo para la actividad equina en todo el país. La medida reguló la identificación electrónica individual, el registro sanitario y el traslado de animales.
La disposición se formalizó mediante la Resolución N° 831/2026 publicada en el Boletín Oficial. La norma fijó el uso obligatorio del microchip a partir del 1 de marzo de 2027 para todos los equinos movilizados. A su vez, aprobó la Libreta Sanitaria Equina Digital (LSED) y el Pasaporte Equino Digitalizado (PED).
La iniciativa busca reemplazar los documentos físicos tradicionales. La autoridad sanitaria determinó que el transpondedor inyectable será el medio oficial para identificar a los animales. El dispositivo deberá implantarse por vía parenteral en el cuello del equino.
