Comunicado de Prensa de la FAA

Frente a las reglamentaciones que se realizarán al régimen de semillas y el riesgo de abolir los derechos de los productores la FAA expresa:

16deDiciembrede2004a las10:19

Frente a las reglamentaciones que se realizarán al régimen de semillas y el riesgo de abolir los derechos de los productores la FAA expresa:

Preservar el derecho al uso de semilla propia y evitar mayores transferencias a compañías multinacionales.

Hoy está en manos del Estado nacional la responsabilidad de resolver esto a favor de los productores argentinos o de las compañías transnacionales.-

El Sr. Secretario de Agricultura, Ing. Miguel Campos presentó un acta compromiso donde se sienta las bases de la reglamentación del régimen de semillas al que anunció su voluntad de modificar.

La FAA expreso las siguientes salvedades a ese documento.

Nuestros fundamentos:

Se debe mantener la actual legislación de modo tal que no se restrinja el derecho de uso de semilla propia y/o se pueda sujetar al pago de regalías por el agricultor de otra forma que no sea en la bolsa.

El pago de regalías corresponde al licenciatario que realizará la reproducción o multiplicación con finalidad de comercialización de semillas, y eso es suficiente defensa y compensación tecnológica al obtentor.

En el precio de compra de las semillas se incluyen todos los costos de obtención de las innovaciones y no corresponde propiciar un derecho posterior al cobro de una gabela adicional al agricultor, que como bien se ha dicho se convierte en un "alquiler de germoplasma" que constituye una injustificada transferencia a la industria semillera y a compañías internacionales.

La "bolsa blanca" no es producto de la reserva y uso de semilla propia por los agricultores, sino una opción inescrupulosa producto, entre otras cosas, de la ausencia del Estado.

Aplicar una "regalía global", cobrando en el grano es simplemente aplicar un impuesto a la bolsa blanca que no favorece en nada la investigación ni la innovación.

La ley actual da las suficientes atribuciones al órgano de aplicación para controlar el comercio ilegal de semillas. No es admisible, tampoco, la privatización del poder de policía. El poder de policía es una función indelegable del estado.

Se debe mantener en vigencia la ley 24.376 de adhesión al Convenio UPOV 78, como así también la ley de semillas 20247 que en su Art. 27 deja claro que no lesiona el derecho del obtentor la reserva que hace el agricultor de semillas para uso propio.

A su vez proponemos:

Ø A los efectos de la definitiva eliminación de la semilla ilegal proponemos fortalecer la capacidad de control y fiscalización del INASE. Para esto presentamos semanas atrás una propuesta de funcionamiento ante el INASE que contempla entre otras cosas la regionalización y la participación de distintos sectores productivos en el mismo.

Ø Ante la actitud actual de las compañías internacionales y la industria semillera de pretender imponer regalías al uso propio, aunque en el contexto de las leyes mencionadas carece de respaldo legal, proponemos que dicha norma se complemente con la prohibición de imponer y/o convenir restricciones al uso propio y/o pago de remuneraciones o regalías al mismo (regalías extendidas, globales, restricciones en la exportación o comercialización, contratos de producción).

Ø Imitando a la actual legislación brasilera, prohibir la utilización, comercialización, registro, patentamiento y el licenciamiento de tecnologías genéticas de restricción, conocidas vulgarmente como "terminator" .

Lo que está en juego:

Lo que está en juego es un avance más en el aumento de costos para el pequeño y mediano productor, la pérdida de derechos y soberanía tecnológica y la consolidación de una agricultura concentrada, de gran escala y bajo costos que solamente los grandes pueden afrontar, consolidando una agricultura que expulsa al pe

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