El 1 de septiembre entra en vigencia la obligación de trasladar terneros con caravanas

Lo dispuso hoy el Senasa y al parecer ya no habrá más prórrogas de la medida. La norma había sido suspendida en varias oportunidades por el Senasa ante problemas en las entregas de caravanas.

16deAgostode2007a las17:29
A partir del próximo 1 de septiembre será obligatorio trasladar terneros/as identificados con dos caravanas, tal como lo dispone resolución 754/2006 del Senasa. Así lo determina la resolución 489/2007 del Senasa, publicada hoy en el Boletin Oficial.

La norma había sido suspendida en varias oportunidades por el Senasa ante problemas en las entregas de caravanas. Pero esta vez no habría más prórrogas de la medida.

La resolución 754/2006 del Senasa dispuso que los empresarios ganaderos deben tramitar –en la oficina más cercana del Senasa– la Clave Unica de Identificación Ganadera (CUIG); esta clave identificará individualmente a cada productor pecuario del país.

La Clave Unica tiene sólo cinco caracteres (por ejemplo: JH433) y será utilizada para conformar la identificación individual de los animales en la caravana; esta clave asocia al establecimiento y al productor con el animal en el momento del nacimiento, el destete o el primer movimiento.