Nuevo trámite obligatorio para el campo: Senasa fijó un plazo de 90 días
La resolución exige el reempadronamiento en el Renspa; cómo hacer el trámite

29deJuliode2026a las08:35
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) dispuso, mediante la publicación de la Resolución 679/2026, el reempadronamiento obligatorio para todos los productores registrados en el Renspa. Esta medida rige para aquellos que registran más de un año desde su inscripción o última modificación.
La medida fijó un plazo de 90 días corridos para concretar el trámite, advirtiendo severas sanciones operativas. Además, se estableció que luego sigue la baja del registro para quienes omitieran actualizar su información.
