ATP 5: cómo se aplicará el reintegro hasta el 100 % de los créditos a empresas que contraten trabajadores
Así lo anunció el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas. La medida alcanzará a aquellas que tomen personal en los próximos 12 meses.
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El Estado anunció nuevas medidas para beneficiar a las empresas afectadas por la pandemia. En este sentido, lanzó el programa Asistencia a la Producción y el Trabajo (ATP) número 5 que ofrecerá un reintegro de hasta el 100 % de los créditos a tasa subsidiada.
Este reintegro se aplicará a aquellas empresas que contraten personas durante los próximos 12 meses. Será en el marco del pago del ATP 5.
El Ministerio de Desarrollo Productivo dio a conocer los detalles del Crédito a Tasa Subsidiada Convertible para aquellas firmas cuya variación de la facturación nominal de julio haya estado entre 0% y 40%, que contará con garantía del FOGAR, y una tasa del 15%, con tres meses de gracia, a ser devuelto en 12 cuotas.
“Las empresas que cumplan con las metas de empleo y con el repago del crédito, recibirán un reintegro total o parcial del beneficio por parte del Ministerio de Desarrollo Productivo”, explicaron desde el Gobierno.
Ver también: Consulta sobre el ATP: pautas de aplicación para el salario complementario
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Vuelve a regir la restricción de venta de tierras a extranjeros: hay un nuevo fallo de la Corte SupremaPor su parte, el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas señaló que ven que muchas empresas han logrado en poco tiempo volver a producir, a recuperar facturación, y el ATP fue un puente importante. Por este motivo se plantean metas de empleo trimestrales que implicarán una comparación contra un mismo período de 2019 o 2020.
“Esas exigencias serán menores y los beneficios más importantes para las empresas más chicas, mientras que a mayor número de empleados se incrementan los requisitos”, aseguraron desde el ministerio. Por último, la cartera a cargo evaluará al final de la vida del crédito el desempeño de la firma en materia de empleo.
Desde el Gobierno explicaron que los beneficios y las metas de empleo serán diferentes según la cantidad de trabajadores que tenga la empresa. Señalaron que se clasificará a las empresas en 4 tramos: de 1 a 9 trabajadores, de 10 a 39, de 40 a 199 y de 200 a 800.
En relación a esta nueva modalidad de créditos reconvertibles, Kulfas afirmó que se trata de un incentivo a recuperar empleos perdidos o generar nuevos empleos. “Si toman trabajadores significa que van a pagar menos de la cuota de ese crédito o en el extremo no van a pagar nada”, detalló.
Recibir el reembolso
- La empresa deberá tener al día la presentación del Formulario 931 AFIP
- No contar con empleados suspendidos en el período que se utiliza para la comparación.
- La cantidad de trabajadores que se tendrá en cuenta para determinar el tramo en el que encuadra la empresa será el promedio del cuarto trimestre de 2020.
- Cada tramo de empresa tendrá niveles diferentes de exigencia para ser beneficiario de los Aportes No Reembolsables (ANR).
- Las metas trimestrales varían de acuerdo con la cantidad de trabajadores en la que están divididas las empresas.
Devoluciones según el número de trabajadores
El ministerio detalló:
Por ejemplo, las empresas de 1 a 9 trabajadores que, en la comparación entre trimestres hayan mantenido nómina, serán beneficiadas con el reintegro del equivalente al 5% del crédito (contando capital e intereses). De este modo, si la firma en las cuatro metas mantuviera empleo respecto al período base, se le devuelve el 20% del crédito.
Sin embargo, en el caso de las firmas de este grupo que hayan incrementado su nómina en 1 trabajador, serán beneficiarias con el reintegro del 15% del crédito por cada meta trimestral cumplida, por lo que alcanzarían el 60% del crédito al final del período.
Por último, las firmas de 1 a 9 trabajadores que hayan incrementado su nómina en 2 o más trabajadores, serán beneficiarias con el reintegro del 25% del crédito por cada meta trimestral cumplida. De esta manera, si en las cuatro metas se cumpliese con este objetivo, se le reintegraría el 100% de las cuotas pagadas al final del período.
En el caso de las empresas de 10 a 39 trabajadores que, en la comparación entre trimestres hayan mantenido nómina, serán beneficiadas con el reintegro del 2,5% del crédito por cada meta cumplida. Es decir, si se replicara esto en las cuatro metas, el reintegro total por haber mantenido la nómina sería del 10%.
Por su parte, las que hayan incrementado su nómina en 1 trabajador, serán beneficiarias con un reintegro del 10% del crédito por cada meta (40% si se mantuviera en las cuatro metas). Las que hayan sumado dos trabajadores, serán beneficiarias con el reintegro del 15% del crédito por cada meta (60% si se replicara en todas las metas). Las que hayan incrementado su nómina en 3 trabajadores serán beneficiarias con el reintegro del 20% por cada meta (80% si se replicara en todas las metas). Por último, las firmas que hayan incrementado su nómina en 4 o más trabajadores tendrán un reintegro del 25% por cada meta (100% del crédito si se replicara en todas las metas).
Las empresas de 40 a 199 trabajadores que, en la comparación entre trimestres hayan mantenido nómina, serán beneficiadas con el reintegro de $20.000. Por cada trabajador adicional que se incremente en la comparación trimestral, el reintegro será de $40.000 adicionales, con un tope de $380.000 trimestral. Si esta performance se replicara en las cuatro metas, el total a reintegrar será de $1.520.000.
Para las empresas de 200 a 800 trabajadores el esquema es similar, pero sin reintegro si la firma mantiene nómina. El reintegro comienza a operar sólo si la empresa incrementa su personal en la comparación contra el período base.
