Registro Fiscal de Operadores de la Cadena Porcina

La inscripción en esta instancia voluntaria impacta en un monto diferencial en el pago de adelanto de IVA, tal cual sucede hoy con la hacienda bovina.

18deMayode2018a las08:14

El Ministerio de Agroindustria de la Nación  recuerda que a partir del 1 de junio, conforme a la Resolución General N° 4199-E/2018 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), entrará en vigencia el régimen de percepción, pago a cuenta y retención del impuesto al valor agregado (Título II, que se detalla en la misma).

A partir de esa fecha se inicia la intervención de las autorizaciones de faena por parte de la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario para que no se pueda autorizar la faena sin el pago del adelanto de IVA correspondiente.