Troceo obligatorio en frigoríficos: cómo deben actuar las plantas con RUCA
La presentación de los planes de inversión y adecuación por cada planta frigorífica tiene como fecha límite el próximo 1° de mayo
|A partir de la resolución conjunta 4/2021, emitida el año pasado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, el de Agricultura Ganadería y Pesca y el de Desarrollo Productivo, se promueve hacer obligatorio que las plantas frigoríficas de todo el país, con matrícula vigente en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA), cuenten con instalaciones adecuadas al troceo de la media res.
Quedó establecido, entonces, que las salidas de carnes de los establecimientos de todo el país, destinadas al comercio minorista, solo podrán hacerse en unidades resultantes del fraccionamiento de las medias reses en trozos cuyos pesos individuales no superen los treinta y dos kilogramos (32kg).
Troceo de la media res
De esto, se infiere que la presentación del plan de adecuación de las plantas tiene tres destinos dentro de la Administración Pública: el formal, que es el de la recepción por parte del RUCA; el sanitario, al darle traslado ese registro a la autoridad sanitaria local, provincial o nacional para su visado o aprobación, y para cumplir con parte de los requisitos de una carpeta a presentar en la entidad bancaria correspondiente para la financiación de ese plan.